La ONU activa protocolo inédito contra México por desapariciones forzadas

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El Comité contra la Desaparición Forzada (CED, por sus siglas en inglés) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha tomado una medida sin precedentes al activar el procedimiento del artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, en respuesta a evidencias de desapariciones forzadas generalizadas o sistemáticas en México.

La decisión fue anunciada al cierre del 28º período de sesiones del Comité, por su presidente Olivier de Frouville, quien calificó la activación del protocolo como una respuesta a información “bien fundamentada” que revela la gravedad del fenómeno en territorio mexicano. Se trata de la primera vez en la historia que se emplea este mecanismo contra un Estado parte de la Convención.

México bajo escrutinio internacional

Como parte del procedimiento, el Comité solicitará formalmente información al Estado mexicano en las próximas semanas, con el objetivo de iniciar un diálogo constructivo. No obstante, la magnitud del caso podría llevar al CED a presentar la situación ante la Asamblea General de la ONU, a través del Secretario General, en caso de que la cooperación no sea satisfactoria o se mantenga la impunidad.

Organizaciones de derechos humanos han celebrado la decisión del CED. El Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD) calificó la activación del protocolo como un hecho “inédito y crucial” para el acceso a la verdad y la justicia de miles de familias mexicanas que buscan a sus seres queridos.

Desapariciones forzadas: una crisis persistente

Las desapariciones forzadas en México han sido señaladas desde hace años como un problema estructural. Durante una visita en 2021, el propio Comité ya había identificado este delito como un fenómeno sistemático en el país, y recomendó al Estado mexicano implementar una Política Nacional para Prevenir y Erradicar las Desapariciones, recomendación que, según organizaciones civiles, sigue sin concretarse de forma efectiva.

Casos recientes como el del Rancho Izaguirre han encendido las alarmas y movilizado a colectivos de búsqueda y familiares de víctimas, quienes constantemente denuncian la falta de acción por parte de las autoridades.

Implicaciones del artículo 34

El artículo 34 de la Convención permite al Comité actuar cuando existen indicios de que las desapariciones forzadas se practican de forma generalizada o sistemática. Se considera el mecanismo más extremo disponible para el CED y podría abrir la puerta a un mayor escrutinio internacional.

De acuerdo con el derecho internacional, si se comprueba que estas desapariciones ocurren con el conocimiento y aquiescencia del Estado, podrían calificarse como crímenes de lesa humanidad.

El papel del Comité y próximos pasos

El Comité, compuesto por expertos independientes, tiene la misión de supervisar el cumplimiento de la Convención y brindar asistencia a víctimas, familiares, organizaciones y Estados para localizar personas desaparecidas y prevenir este delito.

Durante el más reciente periodo de sesiones, el Comité también despidió a cinco de sus miembros salientes, a quienes agradeció por su contribución al fortalecimiento del sistema de derechos humanos.

El proceso recién iniciado representa un parteaguas en el abordaje internacional del problema de las desapariciones en México. Aunque el Comité ha reiterado su disposición al diálogo y la cooperación, el escenario también abre la posibilidad de presiones diplomáticas y acciones más severas si el Estado mexicano no toma medidas efectivas y urgentes.

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